El Corán autoriza la violación de las prisioneras de guerra

Según la doctrina islámica, cuando una aldea o una tribu eran conquistadas mediante la yihad, los musulmanes tenían permiso para tomar a las mujeres y a los niños como esclavos. Las mujeres capturadas, aunque estuvieran casadas, quedaban sexualmente disponibles para sus amos. Este principio está claramente establecido en el Corán.

«Y os están prohibidas las mujeres casadas, excepto aquellas que vuestra mano derecha posee». (Corán 4:24)

El versículo no solo autoriza las relaciones sexuales con las prisioneras, sino que anula explícitamente el matrimonio anterior de las mujeres capturadas. Este permiso no fue revelado en abstracto, sino en un contexto bélico concreto, como demuestran los hadices.

El contexto de la revelación: la batalla de Autas

Los hadices de mayor autoridad relatan que el versículo 4:24 fue revelado precisamente durante la campaña militar de Hunayn, después de la batalla de Autas. Los compañeros de Mahoma habían capturado a prisioneras casadas y, al principio, dudaban en mantener relaciones sexuales con ellas. Alá intervino entonces con una revelación que autorizaba ese comportamiento.

Sahih Muslim 1456a:

En la batalla de Hunayn, el Mensajero de Alá envió un ejército a Autas, donde se enfrentó a los enemigos y combatió contra ellos. Tras vencerlos y hacerlos prisioneros, los compañeros del Mensajero de Alá parecían abstenerse de mantener relaciones sexuales con las mujeres prisioneras porque sus maridos eran politeístas. Entonces Alá, el Altísimo, prescribió al respecto: «Y os están prohibidas las mujeres casadas, excepto aquellas (esclavas) que vuestra mano derecha posee» (Corán 4:24).

Sahih Muslim 1456b:

Abu Sa’id al-Khudri relató que el Apóstol de Alá envió un pequeño ejército. Los compañeros tomaron prisioneras que tenían maridos. Temían mantener relaciones sexuales con ellas cuando se reveló este versículo: «…y las mujeres ya casadas, excepto aquellas que vuestras manos derechas poseen» (Corán 4:24).

Sunan Abi Dawud 2155:

Abu Sa’id al-Khudri dijo: El Apóstol de Alá envió una expedición militar a Awtas con ocasión de la batalla de Hunayn. Se encontraron con su enemigo y combatieron contra él. Los derrotaron y los tomaron prisioneros. Algunos de los compañeros eran reacios a mantener relaciones con las mujeres prisioneras en presencia de sus maridos, que eran incrédulos. Así pues, Alá, el Exaltado, envió el versículo coránico: «Y os están prohibidas las mujeres casadas, excepto aquellas (esclavas) que vuestra mano derecha posee» (Corán 4:24).

El permiso para practicar el coito interrumpido con las prisioneras

No solo se concedía permiso para mantener relaciones sexuales con las prisioneras, sino que Mahoma también alentó activamente la práctica del coito interrumpido con ellas, para evitar embarazos no deseados.

Sahih Muslim 1438c:

Abu Sa’id al-Khudri relata: Habíamos tomado a unas mujeres como prisioneras y queríamos practicar ‘azl (coito interrumpido) con ellas. Por tanto, preguntamos al Mensajero de Alá al respecto, y nos dijo: «En verdad, hacedlo; en verdad, hacedlo; en verdad, hacedlo», porque todas las almas que deban nacer hasta el Día del Juicio nacerán de todos modos.

Confirmación en otras recopilaciones

El mismo episodio también se relata en el Muwatta de Malik:

Muwatta Malik B29N95:

Llegué a la mezquita y vi a Abu Said al-Khudri… Salimos con el Mensajero de Alá para la expedición contra la tribu Banu al-Mustaliq. Tomamos algunos prisioneros de entre los árabes y deseamos a las mujeres, puesto que la abstinencia nos resultaba dura. Pedimos rescate y, por tanto, quisimos practicar el coito interrumpido. Se lo preguntamos y él dijo: «Hacedlo, porque todas las almas que deban nacer hasta el Día del Juicio nacerán de todos modos».

La norma coránica definitiva

El Corán no se limita a un permiso temporal, sino que establece una regla general que sigue siendo válida:

«y que se mantienen castos, excepto con sus esposas y con las esclavas que poseen; y en esto no son censurables» (Corán 23:5-6)

De este modo, las esclavas prisioneras de guerra quedan incluidas entre las categorías de mujeres con las que un hombre musulmán puede mantener relaciones sexuales lícitamente según la doctrina islámica.

Conclusión

La tradición islámica, tanto mediante el Corán como mediante los hadices de mayor autoridad, autoriza explícitamente las relaciones sexuales con las mujeres capturadas durante las guerras de conquista, incluso cuando están casadas. El matrimonio anterior se considera disuelto por la condición de esclavitud.

Resulta especialmente significativo que la revelación del versículo 4:24 se produjera justo en el momento en que los combatientes musulmanes deseaban tener acceso sexual a las prisioneras. Este episodio muestra cómo las revelaciones coránicas intervenían con frecuencia para legitimar e incentivar comportamientos funcionales al esfuerzo bélico de Mahoma y sus seguidores.

El permiso para utilizar sexualmente a las prisioneras de guerra, junto con el fomento del coito interrumpido, constituye una de las normas más directas y duraderas de la doctrina islámica sobre las relaciones entre los sexos durante y después de las conquistas militares.

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